Te informamos que, el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua Potable (BOPA 27/04/94), vigente en el Municipio de Elche, dicta en su artículo 7º.3 que
"El Contrato de Suministro deberá ser suscrito por quien ostente la representación jurídica de la propiedad del inmueble".
Por este motivo, se hace obligatorio el cambio de titular del contrato, una vez que el inmueble cambia de propietario o inquilino.
Para todos los tipos de suministro es necesaria la siguiente documentación. Dicha documentación debe ser expedida a nombre del nuevo titular.
| Viviendas | Locales e Industrias | Por fallecimiento | Por separación |
|---|---|---|---|
| Cédula de habitabilidad de 2ª ocupación o licencia municipal de ocupación (original y fotocopia) | Solicitud de Licencia de Actividad en Ayuntamiento y del pago de las Tasas correspondientes o bien Licencia de Actividad en vigor (original y fotocopia) | Fotocopia certificado de defunción | Sentencia de separación |
| LOCALES E INDUSTRIAS SIN ACTIVIDAD: Autorización del Ayunt. para contratación de servicios con empresas suministradoras para locales carentes de actividad | Solicitud de Licencia de Actividad en Ayuntamiento y justificante pago Tasas o Licencia de Actividad en Vigor (original y fotocopia) | Documentación que acredite la propiedad actual (escritura) | Documentación que acredite la propiedad actual (escritura) |
| Lectura del contador | Lectura del contador | Lectura del contador | Lectura del contador |
No olvides que...
Para realizar un cambio de nombre, el contrato a rescindir debe encontrarse al corriente de pago, incluyendo la liquidación y los importes pendientes de confirmación bancaria